Propuestas de nombramiento (Proceso extraordinario de estabilización)

 PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO correspondiente al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal, según lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (B.O.N. Núm. 210 de 24 de octubre de 2022).

En el Ayuntamiento de Viana, siendo las 9:00 del día 5 de mayo de 2023, se reunieron al objeto de proceder a realizar las propuestas de nombramiento de las plazas relacionadas en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de las vacantes correspondientes al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento de Viana, aprobada por Resolución de alcaldía número 903, de 6 de octubre de 2022 publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 210, de 24 de octubre de 2022 al servicio del Ayuntamiento de Viana las siguientes personas:

Presidente: Dª. B. Yolanda González García

Vocal: D. Fernando del Prado Abadía

Vocal Secretaria: Dª. Asunción Gil Barnó

Una vez acreditados los requisitos para la elección de las vacantes objeto de la convocatoria se procede por el Tribunal Calificador de conformidad con la base 10 de la convocatoria a adoptar los siguientes acuerdos:

Primero.- Realizar propuestas de nombramiento a favor de las/os aspirantes con mayor puntuación que son los que figuran en los documentos que se relacionan más abajo y proceder a su publicación en la ficha web de la convocatoria de la página web Ayuntamiento de Viana detallada en el cuadro de características, para que dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación, presenten en el Registro General del Ayuntamiento de Viana, los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, y en concreto los siguientes

  1. Copia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.
  2. Informe médico oficial justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.
  3. Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de una Administración pública.
  4. Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Segundo.- Contra el presente acto del tribunal que no pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso de alzada ante la alcaldía del Ayuntamiento de Viana en el plazo de un mes desde la publicación de esta acta en la ficha web de la convocatoria de la página web del Ayuntamiento de Viana detallada en el cuadro de características. Por tanto hasta el día 6 de junio de 2023 por parte de los aspirantes pueden presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Viana el recurso de alzada en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 10:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Viana las 24 h.

Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia dio por finalizada y levantó la sesión, siendo las 08:20 horas del viernes 5 de mayo de 2023, de lo que se levanta la presente acta que firman los miembros del Tribunal. Doy fe

La Secretaria                                            La Presidenta                                  Vocal

Dña. María Asunción Gil Barnó        Dña. B. Yolanda González García                 D. Fernando del Prado Abadía

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