BANDO
07 de noviembre de 2025
MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE GRIPE AVIAR

Se hace saber que con respecto a la Enfermedad de la Influenza Aviar, dado que en las últimas semanas han aumentado los casos, tanto en las aves silvestres como en domésticas en España y en la Unión Europea.
Que, debido a este aumento del Riesgo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha decidido poner en marcha medidas preventivas, y al Ayuntamiento se nos requiere como medidas obligatorias, debido a que nos encontramos ubicados en una zona de especial Vigilancia en Navarra. (Anexo III de la Orden APA/2442/2006, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar.)
- Queda prohibida la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales definidos en el artículo 3.7 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, incluyendo los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales.
- Se requieren estas medidas a partir del día 10 de noviembre del 202






