PAGO CONTRIBUCIÓN RÚSTICA, URBANA y TELEDISTRIBUCIÓN 2026
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Se comunica a los propietarios de parcelas urbanas con vegetación, plantas, etc., que es responsabilidad y obligación de los mismos proceder a su mantenimiento, desbroce y limpieza y retirada de la misma.
El deber municipal de actuar en protección, en todo momento de la legalidad urbanística vigente, y unido al deber de los propietarios de terrenos, de mantenerlos en óptimas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, al amparo de los artículos 85.1.b) y 198 del Decreto Foral 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Teniendo en cuenta el objeto del presente requerimiento, que no es otro sino preservar la salubridad municipal y evitar peligros, entre otros, de incendios; en este caso no opera la suspensión de los plazos administros, debiendo continuar éstos, ya que se consideran indispensables para la protección del interés general del municipio.
Con fecha 21 de julio de 2021 el Ayuntamiento ejecutará la limpieza de las parcelas que no se hayan limpiado, repercutiendo dicho coste más el 25% de recargo a sus propietarios, de conformidad con la Ordenanza Municipal reguladora de las tasas por ejecuciones sustitutorias y órdenes de ejecución (BON nº 102 de 27-05-2011)
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