24 de junio de 2016
Elecciones 2016.Transporte de electores
El artículo 11 del Real Decreto 422/2011, establece que «en los procesos electorales cuya gestión sea competencia de la Administración General del Estado y se constate la ausencia de transporte público accesible al local electoral, la Administración General del Estado proporcionará medios de transporte gratuitos adecuados para las personas con discapacidad motriz que lo soliciten, siempre y cuando existan disponibilidades presupuestarias.»
El documento para solicitar por escrito dicho servicio deberá dirigirse a la Delegación del Gobierno en Navarra: solicitud